Expertos en Derecho laboral y de Familia destacan las nuevas disposiciones de la Ley 21.645 para apoyar a padres y cuidadores.
Las vacaciones de invierno representan un desafío significativo para los padres y cuidadores que deben equilibrar sus responsabilidades laborales con el cuidado de sus hijos. En respuesta a esta necesidad, la Ley 21.645 ha introducido dos beneficios clave para facilitar esta compatibilidad:
Feriado Legal en el Mismo Periodo que las Vacaciones Escolares: Los trabajadores pueden solicitar que su feriado legal coincida con las vacaciones escolares de sus hijos.
Modificación de Turnos o Jornada Laboral: Los empleados pueden pedir ajustes en sus horarios de trabajo para estar disponibles durante las vacaciones escolares.
La abogada Nickol Ortiz, abogada experta en Derecho laboral y de Familia, conocida en redes sociales como @mamabobaga, ofrece su perspectiva sobre estas nuevas disposiciones:
«La Ley 21.645 proporciona herramientas valiosas para que los padres y cuidadores puedan estar presentes durante las vacaciones de invierno de sus hijos, asegurando que las responsabilidades laborales no interfieran con el cuidado y atención que estos requieren. Es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos y los procedimientos a seguir para beneficiarse de estas disposiciones legales, garantizando así una mejor calidad de vida tanto para ellos como para sus familias.»
Detalles de los Beneficios Introducidos por la Ley 21.645:
1. Feriado Legal en el Mismo Periodo que las Vacaciones Escolares
Los trabajadores pueden solicitar su feriado legal para coincidir con las vacaciones escolares, siguiendo el artículo 67 del Código del Trabajo. El procedimiento es el siguiente:
Solicitud con Anticipación: Debe presentarse al empleador con al menos treinta días de anticipación, acompañada de:
Certificado de Nacimiento: Que acredite la filiación respecto del niño o niña, o una resolución judicial que otorgue el cuidado personal del menor.
Certificado de Inscripción: En el Registro Nacional de la Discapacidad, o el documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que acredite la calidad de cuidador o cuidadora.
2. Modificación de Turnos o Jornada Laboral
Otra alternativa es solicitar una modificación de los turnos o de la jornada laboral durante el periodo de vacaciones escolares, si las funciones del trabajador y el horario de la empresa lo permiten. El procedimiento incluye:
Propuesta al Empleador: Debe presentarse con treinta días de anticipación. El empleador tiene diez días para responder, pudiendo aceptar, ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta, justificando las razones en caso de rechazo.
Documentación: Si se acepta, la modificación debe registrarse en un documento anexo al contrato de trabajo, sin alterar la duración de la jornada semanal, la naturaleza de los servicios prestados ni la remuneración del trabajador, ni requerir reemplazos o cambios en los horarios de otros empleados.
Nickol Ortiz enfatiza la importancia de estas medidas, “es crucial que los trabajadores hagan uso de estas disposiciones para balancear sus roles laborales y familiares durante el periodo de vacaciones de invierno. Estos beneficios no solo apoyan a los padres y cuidadores, sino que también fomentan un entorno laboral más comprensivo y adaptado a las necesidades familiares.»
La Ley 21.645 representa un paso significativo hacia la conciliación de la vida laboral y familiar, permitiendo a los padres y cuidadores estar presentes en momentos importantes para sus hijos. Para más información sobre estos beneficios y cómo solicitarlos, los interesados pueden visitar, @mamabobaga, donde Nickol Ortiz comparte consejos y orientación legal para trabajadores y familias.